- Prohíbe las cookies aceptadas por defecto como en la mayoría de las webs del espacio europeo
- Argumenta que la manifestación de la voluntad debe de ser “activa y expresa” en línea con lo señalado en el Reglamento Europeo de Protección de Datos: la manifestación
LUXEMBURGO OBLIGA A QUE TODAS LAS COOKIES SEAN ACEPTADAS EXPRESAMENTE


El Tribunal de Justicia de la UE revoluciona el mundo de la navegación por internet. Señala como “inválidas” aquellas cookies que simplemente reclaman un consentimiento tácito del usuario. El consentimiento debe de ser “expreso”. En una reciente sentencia el 1 de octubre pasado, Luxemburgo señala que “el consentimiento no es válido cuando se realiza mediante una casilla marcada por defecto en la que el usuario debe de retirar la marca en caso de no prestar su consentimiento”.