SANCIONADO POR PUBLICAR UNA SENTENCIA ÍNTEGRA EN SU CUENTA DE FACEBOOK


La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a un alcalde que publicó en su cuenta personal de Facebook una sentencia íntegra y sin anonimizar los datos personales de las partes implicadas.
Aquel órgano judicial terminó desestimando la demanda presentada por el reclamante y absolviendo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra.
En el mismo fallo judicial se valoraba el alegado acoso laboral por el reclamante, sus malas relaciones con una compañera, escritos presentados por ella ante el alcalde referidos al clima laboral con el reclamante y el cambio de planta del reclamante como consecuencia de una reunión del alcalde con las partes, entre otras circunstancias. En cambio, la sentencia no apreciaba indicio alguno determinante de ninguna situación de acoso, persecución, degradación o atentado a la dignidad personal y laboral del demandante.
En septiembre de 2017, el reclamante compartió en su cuenta persona de Facebook un mensaje con las siguientes expresiones literales: “Hoy es un gran día. (…) Es triste llegar a juicio para que dos días antes del mismo el demandado haga lo que tenía que haber hecho 5 meses antes, lo que en gran parte ha motivado que la demanda sea desestimada”.
Sin explicar a qué se refería, continuaba indicando que: “Sabía que cuando interpuso la demanda le sería difícil acreditar el acoso en el trabajo”, que “queda aclarado que su comportamiento como empleado y compañero de trabajo ha sido correcto”, que “lleva 18 meses trabajando como empleado público”, agradece el apoyo vecinal recibido y anuncia “que va a entrar en política”.
Tras descubrir el alcalde tal anuncio, publicó en su cuenta personal de Facebook y sin referencia alguna al Ayuntamiento que representa, un escrito de respuesta titulado “comunicado oficial”. En este se señalaba que “por algunas personas vinculadas al Ayuntamiento se está tratando de manipular con falsedades y medias verdades la opinión pública local en relación con un asunto laboral que no debió haber salido nunca de las paredes del consistorio”. Asimismo, se indicaba que aquella persona presentó una demanda contra él y el Ayuntamiento, acusándole de acoso laboral y pidiéndole una indemnización. Por último, tras citar literalmente el fallo judicial, adjuntaba a tal mensaje la sentencia íntegra.