El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una sanción de 1,3 millones de euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a Telefónica. La operadora ha sido penalizada por infringir dos artículos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), normativa de obligado cumplimiento para las empresas que operan dentro de la UE.

La multa, compuesta por dos sanciones distintas, incluye una de 500.000 euros por incumplir el artículo 5.1.f del RGPD, relacionado con los principios relativos al tratamiento de datos, y otra de 800.000 euros por infringir el artículo 32, que establece las medidas de seguridad necesarias para proteger los datos personales.

La primera infracción, de medio millón de euros, corresponde a la falta de garantía en la seguridad de los datos personales tratados por la compañía. Según el artículo 5.1.f, los responsables del tratamiento están obligados a asegurar la integridad y confidencialidad de los datos, evitando su pérdida, alteración o acceso no autorizado mediante medidas técnicas y organizativas adecuadas.

La segunda, de 800.000 euros, se basa en el incumplimiento del artículo 32 del RGPD, que exige a las empresas establecer medidas de seguridad proporcionales a los riesgos asociados al tratamiento de datos personales. Estas medidas deben adaptarse al estado de la técnica, los costes de implementación y los riesgos potenciales para los derechos y libertades de los ciudadanos.

Telefónica, presidida por José María Álvarez-Pallete, ha respondido a la multa presentando un recurso ante la Audiencia Nacional, que ya ha sido admitido a trámite. En declaraciones a Europa Press, la compañía ha subrayado que no está de acuerdo con los términos de la sanción y defenderá su posición ante los tribunales.

Fuente: murciaeconomia.com

https://murciaeconomia.com/art/98740/telefonica-sancionada-con-13-m-por-la-agencia-espanola-de-proteccion-de-datos