VODAFONE PAGA 56.000 € DE MULTA POR ENVIAR EL AUDIO DE UN CONTRATO TELEFÓNICO A UN CLIENTE CON LA VOZ DE OTRA PERSONA


Vodafone paga voluntariamente una sanción de 56.000 € para dar carpetazo a un expediente de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), abierto por la denuncia de un usuario que tras insistir solicitando la grabación de su contratación telefónica con la operadora recibió el audio con los datos personales de otro cliente.
Si contrataste los servicios de tu compañía de telecomunicaciones por teléfono, probablemente firmaste un contrato verbal a distancia durante la llamada telefónica. Si el alta incluía la portabilidad de un número de teléfono o el servicio se prestaba sobre fibra indirecta, este consentimiento está supervisado por una entidad independiente verificadora a la que el comercial debe transferir la llamada. Tras un cuestionario, la grabación queda registrada como prueba de que elegiste libremente cambiar de compañía. Además de los contratos, muchas llamadas a atención al cliente también quedan registradas por motivos de calidad.
La voz está considerada como un dato personal según la AEPD, por lo que cualquier persona puede ejercer el derecho de acceso, lo que obliga a las compañías a facilitar estas grabaciones. A pesar de esto, son numerosos los casos reclamados en los que el cliente solicita la grabación y la operadora no atiende la petición o alega que se ha perdido.