La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a un hombre con 300 euros por colocar una mirilla electrónica en la puerta de su vivienda.
Tal y como recoge el portal especializado Idealista, la multa se ha efectuado después de que otro vecino lo denunciase, ya que la cámara apuntaba al descansillo y grababa lo que pasaba en un espacio comunitario.
Según la AEPD, las imágenes capturadas por cámaras son datos personales y están sujetas a regulaciones de privacidad. En este caso, el sancionado no contaba con el permiso de los vecinos.
Toda persona tiene el derecho a poder usar sistemas de cámaras para garantizar su seguridad o la del inmueble, tal y como recoge el artículo 22 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
No obstante, esos dispositivos deben enfocar a la propiedad y no a espacios privados de terceros o áreas públicas sin una autorización válida y siempre deben garantizar que no vulnera la privacidad de las personas que pasen por el lugar.
Además de la multa, se ordenó al infractor retirar las cámaras o ajustar su orientación para no captar áreas comunes o la entrada del vecino en el plazo de un mes.
Fuente: 20minutos.es
https://www.20minutos.es/noticia/5172908/0/sancionan-vecino-euros-instalar-mirilla-digital/