La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 10.000 euros a Gafas en Red de Ópticas S.L. Ello por enviar mensajes publicitarios a través de SMS y correo a un cliente que nunca dio consentimiento.
El usuario relató que había dejado constancia en reiteradas ocasiones de que no quería que le enviasen este tipo de contenido. Además, comentó que en el SMS que le enviaron no aparecía la opción de darse de baja.
Aunque eso sí, finalmente la empresa pagará 6.000 euros por acogerse a las dos reducciones propuestas por la Agencia. Por un lado, el pago voluntario y, por otro, reconocer los hechos, dice la resolución dada a conocer a través de Ramón Arnó, de la Familia Digital.
Y aunque el asunto acaba de resolverse ahora, dicha reclamación se interpuso en marzo de 2023. La óptica manifestó que habían borrado los datos personales del interesado de sus bases de datos con fines comerciales pero que, lamentablemente “y pese al esfuerzo” de mejorar los procesos y controles, un error hizo que su teléfono móvil se incluyera en la lista de destinatarios SMS.
Asimismo, la óptica explicó que tan pronto como tuvieron constancia de ello, eliminaron el número de teléfono del sistema informático que gestionaba todas sus actividades de marketing. Comentaron que había producido un fallo humano que supuso un “desafortunado desvío puntual”. También le dijeron a la AEPD que habían implementado medidas.
Respecto al SMS no estaba la opción de darse de baja, la empresa manifestó que, por motivos técnicos de espacio, no era posible ponerlo. Sin embargo, ello estaba disponible en un link dentro del propio mensaje.